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Legislación › Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.

Artículo 56. Órganos competentes.

Artículo 56. Órganos competentes.

El órgano competente para incoar el procedimiento sancionador y para imponer las sanciones reguladas por el presente capítulo es la persona titular de la dirección general competente en materia de prevención y extinción de incendios.

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