Legislación › Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Ley entra en vigor a los dos meses de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».


