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Legislación › Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Ley entra en vigor a los dos meses de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

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