Legislación › Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los modelos contenidos en los anexos de este real decreto.
Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 791/2015, de 4 de septiembre. BOE-A-2015-10199.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de septiembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-10199 | Leer | Qué cambió |
| 25 de abril de 2010 | Texto original | Leer |
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


