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Legislación › Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios.

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 2010 y la del 24 de septiembre de 2015. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo. desarrollo y modificación.
Se faculta al Ministro titular del Ministerio de Medio Ambiente, Agricultura, Alimentación y Medio Rural y Marino Ambiente para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los modelos contenidos en los anexos
de este real decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de septiembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-10199 Leer Qué cambió
25 de abril de 2010 Texto original Leer

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