Legislación › Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 2010 y la del 24 de septiembre de 2015.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras).
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Disposición final segunda. Facultad de desarrollo. desarrollo y modificación.
Se faculta al Ministro titular del Ministerio de Medio Ambiente, Agricultura, Alimentación y Medio Rural y Marino Ambiente para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los modelos contenidos en los anexos de este real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de septiembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-10199 | Leer | Qué cambió |
| 25 de abril de 2010 | Texto original | Leer |
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