LexTotal

Legislación › Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública.

Artículo 21. Derecho de acceso a documentación administrativa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de abril de 2010 y la del 10 de diciembre de 2015. Tachado: lo que se quitó (76 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 21. Derecho de acceso a documentación administrativa.
1. En los términos previstos en la legislación básica estatal, los ciudadanos tendrán derecho a acceder a los archivos, registros y ficheros de datos de la Administración de la Comunidad, con los límites que establezcan las leyes, especialmente en lo relativo a la protección de datos de carácter personal.
2. La Administración autonómica facilitará el ejercicio de este derecho mejorando la accesibilidad de su documentación y mediante una adecuada ordenación de sus archivos, registros y ficheros.
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-3281 Leer Qué cambió
22 de abril de 2010 Texto original Leer

← Artículo 20 Índice Artículo 22 →