Legislación › Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública.
Artículo 41. Simplificación administrativa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de abril de 2010 y la del 7 de julio de 2017.
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Artículo 41. Simplificación administrativa.
1. La Administración establecerá medidas de simplificación de los procedimientos administrativos, con el fin de propiciar procesos de gestión pública más ágiles y racionales.
2. La Consejería consejería competente en calidad materia de los servicios simplificación administrativa determinará los criterios de simplificación de los procedimientos que permitan diagnosticar, entre otros, aspectos tales como la necesidad de aportación de documentos por los ciudadanos, el momento procedimental de su aportación aportación, la reducción de plazos y el grado la agilización de facilidad para convertir los documentos en papel a soporte electrónico. la tramitación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de julio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-9778 | Leer | Qué cambió |
| 22 de abril de 2010 | Texto original | Leer |


