Legislación › Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto las modificaciones previstas en los artículos 2.2; 5.2.a); 6.2.a), 7.2, y en la disposición adicional quinta, punto 5, en lo relativo al Instituto Social de la Marina, que lo harán el día 1 de julio de 2010.


