Legislación › Orden DEF/1158/2010, de 3 de mayo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la formación militar general, específica y técnica para el acceso a las diferentes escalas de oficiales.
Artículo 6. Estructura de la enseñanza de formación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de mayo de 2010 y la del 10 de julio de 2012.
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Artículo 6. Estructura de la enseñanza de formación.
1. La enseñanza de formación para incorporarse a las escalas de oficiales de los cuerpos generales y de Infantería de Marina, ingresando sin titulación universitaria, comprende, por una parte los planes de estudios de la formación militar y y, por otra, los de un título de grado universitario.
2. Cuando para el ingreso en las escalas mencionadas en el párrafo anterior se exijan títulos universitarios del sistema educativo general, la enseñanza de formación comprende, exclusivamente, los planes de estudios de la formación militar. La enseñanza de formación para integrarse en
3.los cuerpos de intendencia y de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, de Ingenieros de la Armada y las escalas de Ingenieros del Ejército del Aire así como en los cuerpos comunes oficiales ingresando con exigencia de las Fuerzas Armadas, titulación universitaria, comprende los planes de estudios de la formación militar general y específica, y en su caso, de la técnica que complete la previamente acreditada con los títulos exigidos para el ingreso.
4. 3. La enseñanza de formación para adscribirse como militar de complemento, comprende los planes de estudios de la formación militar general y específica y de la formación técnica que sean necesarias.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9142 | Leer | Qué cambió |
| 8 de mayo de 2010 | Texto original | Leer |


