Legislación › Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
Artículo 150. Autorización de exportación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 2010 y la del 30 de septiembre de 2012.
Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (87 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 150. Autorización de exportación.
1. La exportación de cartuchería a países que no sean Estados miembros de la Unión Europea, estará sujeta al régimen general que en cada momento regule la actividad y necesitará ser autorizada según lo dispuesto en el Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.
2. El órgano competente expedirá la autorización administrativa de exportación señalada en el apartado anterior de este artículo, de la que remitirá el original al interesado, y copia a la Aduana en la que se fueren a cumplimentar las formalidades aduaneras de salida exportación y a la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
3. Las exportaciones de cartuchería que efectúe el Ministerio de Defensa en el ejercicio de sus competencias, utilizando para el transporte y almacenamiento medios propios, quedan exentas deben regirse por el Reglamento de control del cumplimiento comercio exterior de las normas previstas en los apartados anteriores material de este artículo, rigiéndose defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre y por las especiales demás normas que, en cada caso, sean aplicables. En cambio, las exportaciones de cartuchería que efectúe el Ministerio de Defensa en el ejercicio de sus competencias, utilizando para el transporte y almacenamiento medios privados, quedan sujetas al cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de septiembre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-12198 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2010 | Texto original | Leer |


