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Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 8 de mayo de 2010 · Último cambio el 7 de noviembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Artículo único. Aprobación del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
  4. Disposición adicional primera. Referencia a la Comunidad Valenciana.
  5. Disposición adicional segunda. Recogida y actualización periódica de datos sobre accidentes relacionados con artículos pirotécnicos. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  6. Disposición adicional tercera. Comunicaciones de datos.
  7. Disposición adicional cuarta. Comunicaciones de siniestros.
  8. Disposición adicional quinta. Desestimación de solicitudes y agotamiento de la vía administrativa. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  9. Disposición adicional sexta. Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de espectáculos públicos y fomento de la cultura.
  10. Disposición adicional séptima. Prevención de riesgos laborales.
  11. Disposición transitoria primera. Vigencia de las autorizaciones de catalogación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  12. Disposición transitoria segunda. Plazos de adaptación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  13. Disposición transitoria tercera. Expedientes en tramitación.
  14. Disposición transitoria cuarta. Adaptación de las instalaciones a la nueva normativa.
  15. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  16. Disposición final primera. Título competencial.
  17. Disposición final segunda. Incorporación de Derecho comunitario europeo.
  18. Disposición final tercera. Habilitación para la actualización de los contenidos técnicos.
  19. Disposición final cuarta. Habilitaciones específicas. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  20. Disposición final quinta. Entrada en vigor. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  21. Firma
  22. REGLAMENTO
  23. TÍTULO I
  24. CAPÍTULO I
  25. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  26. Artículo 2. Competencias administrativas.
  27. Artículo 3. Disposiciones generales sobre las empresas del sector de la pirotecnia o la cartuchería y sus autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  28. Artículo 4. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  29. Artículo 5. Obligaciones generales del fabricante, del importador y del distribuidor de artículos pirotécnicos. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  30. Artículo 6. Entidades colaboradoras de la Administración.
  31. CAPÍTULO II
  32. Artículo 7. Divisiones de riesgo.
  33. Sección 1
  34. Artículo 8. Categorización.
  35. Sección 2
  36. Artículo 9. Clasificación de la cartuchería. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  37. CAPÍTULO III
  38. Artículo 10. Catálogo. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  39. Artículo 11. Catálogo público. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  40. Sección 1
  41. Artículo 12. Catalogación de artículos pirotécnicos.
  42. Artículo 13. Solicitudes de catalogación de artículos pirotécnicos.
  43. Artículo 14. Procedimiento de catalogación de artículos pirotécnicos.
  44. Sección 2
  45. Artículo 15. Catalogación de cartuchería. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  46. Artículo 16. Solicitudes de catalogación de cartuchería. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  47. Artículo 17. Procedimiento de catalogación de cartuchería. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  48. Sección 3
  49. Artículo 18. Catalogación de otras materias reglamentadas.
  50. CAPÍTULO IV
  51. Sección 1
  52. Artículo 19. Marcado CE. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  53. Sección 2
  54. Artículo 20. Artículos pirotécnicos con una finalidad especial.
  55. Artículo 21. Otras excepciones para fabricantes, importadores y expertos. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  56. TÍTULO II
  57. CAPÍTULO I
  58. Artículo 22. Talleres de fabricación de artículos pirotécnicos y cartuchería y talleres de preparación y montaje de espectáculos con artificios de pirotecnia.
  59. Artículo 23. Instalaciones.
  60. Artículo 24. Alteraciones en el entorno.
  61. Artículo 25. Solicitud de autorización de taller.
  62. Artículo 26. Autorizaciones de taller. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  63. Artículo 27. Cambio de titularidad.
  64. Artículo 28. Traslado de talleres.
  65. Artículo 29. Modificaciones.
  66. Artículo 30. Talleres en desuso.
  67. Artículo 31. Certificado de idoneidad y puesta en marcha.
  68. Artículo 32. Inspecciones de los talleres.
  69. Artículo 33. Frecuencia de las inspecciones.
  70. Artículo 34. Registro de inspecciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  71. Artículo 35. Prescripciones obligatorias.
  72. Artículo 36. Paralización de la actividad. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  73. Artículo 37. Inspecciones en materia de seguridad ciudadana.
  74. Artículo 38. Caducidad de las autorizaciones.
  75. Artículo 39. Invalidez de los permisos.
  76. Artículo 40. Registros de artículos.
  77. CAPÍTULO II
  78. Sección 1
  79. Artículo 41. Obligación de comunicación de la producción real anual.
  80. Artículo 42. Obligaciones relativas a los depósitos. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  81. Sección 2
  82. Artículo 43. Dirección técnica.
  83. Artículo 44. Seguridad industrial. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  84. Artículo 45. Seguridad y salud laboral.
  85. Artículo 46. Personal, señalización y locales de trabajo.
  86. Artículo 47. Tormentas.
  87. Artículo 48. Comunicación de accidentes.
  88. Artículo 49. Transporte en el interior del taller.
  89. Sección 3
  90. Artículo 50. Cerramiento y vigilancia de los talleres.
  91. Artículo 51. Controles de entrada y salida. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  92. Artículo 52. Normas relativas al desarrollo de la actividad del taller.
  93. CAPÍTULO III
  94. Sección 1
  95. Artículo 53. Obligaciones relativas a los depósitos.
  96. Artículo 54. Aprovisionamiento.
  97. Artículo 55. Funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  98. Artículo 56. Cantidades máximas permitidas.
  99. Sección 2
  100. Artículo 57. Dirección del taller.
  101. Artículo 58. Personal y edificios del taller.
  102. Sección 3
  103. Artículo 59. Cerramiento y vigilancia de los talleres.
  104. Artículo 60. Controles de entrada y salida. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  105. Artículo 61. Normas relativas al desarrollo de la actividad del taller.
  106. TÍTULO III
  107. CAPÍTULO I
  108. Artículo 62. Depósitos.
  109. Artículo 63. Almacenes.
  110. Artículo 64. Almacenes superficiales y semienterrados.
  111. Artículo 65. Almacenes subterráneos.
  112. Artículo 66. Garantías técnicas.
  113. Artículo 67. Responsables.
  114. CAPÍTULO II
  115. Sección 1
  116. Artículo 68. Autorización de depósitos de productos terminados.
  117. Artículo 69. Solicitudes.
  118. Artículo 70. Modificaciones materiales.
  119. Artículo 71. Modificaciones sustanciales.
  120. Artículo 72. Utilización de los depósitos de productos terminados.
  121. Artículo 73. Autorización de un depósito de productos terminados no integrado en un taller.
  122. Artículo 74. Certificado de idoneidad y puesta en marcha.
  123. Artículo 75. Caducidad de las autorizaciones.
  124. Artículo 76. Invalidez de los permisos.
  125. Artículo 77. Registros.
  126. Sección 2
  127. Artículo 78. Emplazamientos de los almacenes.
  128. Artículo 79. Alteraciones en el entorno. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  129. Artículo 80. Dirección técnica.
  130. Artículo 81. Seguridad industrial. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  131. Artículo 82. Seguridad y salud laboral.
  132. Artículo 83. Almacenes de productos terminados. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  133. Artículo 84. Señalización. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  134. Artículo 85. Servicio contra incendios.
  135. Artículo 86. Comunicación de accidentes.
  136. Artículo 87. Transporte en el interior del depósito.
  137. Artículo 88. Inspecciones de los depósitos.
  138. Artículo 89. Frecuencia de las inspecciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  139. Artículo 90. Registro de inspecciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  140. Artículo 91. Prescripciones obligatorias.
  141. Artículo 92. Paralización de la actividad.
  142. Sección 3
  143. Artículo 93. Cerramiento y vigilancia de los depósitos.
  144. Artículo 94. Controles de entrada y salida. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  145. Artículo 95. Inspecciones en materia de seguridad ciudadana.
  146. CAPÍTULO III
  147. Sección 1
  148. Artículo 96. Emplazamientos de los almacenes auxiliares.
  149. Artículo 97. Almacenes auxiliares subterráneos.
  150. Artículo 98. Almacenes auxiliares asociados a talleres. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  151. Artículo 99. Medidas de seguridad contra incendios.
  152. Sección 2
  153. Artículo 100. Medidas de seguridad ciudadana.
  154. CAPÍTULO IV
  155. Artículo 101. Régimen.
  156. Artículo 102. Vehículos que transportan artificios de pirotecnia.
  157. Artículo 103. Almacenamiento en armerías, empresas de seguridad, polígonos y galerías de tiro y empresas especializadas en la custodia de armas. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  158. Artículo 104. Carga y recarga de cartuchería por particulares.
  159. Artículo 105. Artículos pirotécnicos de las categorías T, P y uso en la marina. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  160. TÍTULO IV
  161. CAPÍTULO I
  162. Artículo 106. Acondicionamiento de las materias reglamentadas.
  163. Artículo 107. Envases y embalajes.
  164. Artículo 108. Homologación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  165. Artículo 109. Frases obligatorias.
  166. Artículo 110. Envases y embalajes vacíos. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  167. Artículo 111. Separación de mercancías peligrosas.
  168. Artículo 112. Conformidad con las normas.
  169. CAPÍTULO II
  170. Sección 1
  171. Artículo 113. Garantía del etiquetado.
  172. Artículo 114. Datos que deben figurar en el artículo, envase y embalaje 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  173. Sección 2
  174. Artículo 115. Datos que deben figurar en las etiquetas.
  175. Artículo 116. Hoja de datos de seguridad.
  176. Sección 3
  177. Artículo 117. Información.
  178. TÍTULO V
  179. CAPÍTULO I
  180. Artículo 118. Titulares de un depósito de productos terminados pirotécnicos.
  181. Artículo 119. Comprobación de las condiciones de venta y puesta a disposición.
  182. Artículo 120. Unidad mínima de venta y puesta a disposición.
  183. Artículo 121. Edades mínimas para la venta y puesta a disposición de los artículos pirotécnicos.
  184. Artículo 122. Venta y puesta a disposición de artículos pirotécnicos a expertos de las categorías 4, P2 y T2.
  185. CAPÍTULO II
  186. Artículo 123. Responsables de la venta y puesta a disposición del público.
  187. Artículo 124. Personas autorizadas para la venta y puesta a disposición del público de artículos pirotécnicos.
  188. Artículo 125. Personas autorizadas para la venta y puesta a disposición del público de cartuchería.
  189. Artículo 126. Prohibiciones a la venta.
  190. CAPÍTULO III
  191. Artículo 127. Venta y puesta a disposición del público de artículos pirotécnicos.
  192. Artículo 128. Establecimientos permanentes.
  193. Artículo 129. Establecimientos temporales.
  194. Artículo 130. Solicitudes de autorización de establecimientos permanentes de venta y puesta a disposición del público de artículos pirotécnicos.
  195. Artículo 131. Solicitudes de autorización establecimientos temporales de venta y puesta a disposición del público de artículos pirotécnicos.
  196. Artículo 132. Resolución de autorización de establecimientos permanentes o temporales de venta y puesta a disposición del público de artículos pirotécnicos.
  197. Artículo 133. Modificación de las condiciones y características del proyecto inicial.
  198. Artículo 134. Registros. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  199. Artículo 135. Inspecciones.
  200. CAPÍTULO IV
  201. Artículo 136. Adquisición de cartuchería. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  202. TÍTULO VI
  203. CAPÍTULO I
  204. Artículo 137. Competencia para la realización del control de mercado.
  205. CAPÍTULO II
  206. Artículo 138. Seguridad del producto.
  207. Artículo 139. Productos que entrañen riesgos graves.
  208. CAPÍTULO III
  209. Artículo 140. Seguridad del producto. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  210. TÍTULO VII
  211. Artículo 141. Uso de los artículos pirotécnicos de las categorías 1, 2, 3, T1, P1 y marina. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  212. Artículo 142. Artículos pirotécnicos de las categorías 4, T2 y P2. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  213. Artículo 143. Uso de artificios pirotécnicos no puestos en el mercado.
  214. TÍTULO VIII
  215. CAPÍTULO I
  216. Artículo 144. Circulación.
  217. Artículo 145. Depósito reglamentario.
  218. CAPÍTULO II
  219. Artículo 146. Registro oficial de importadores.
  220. Artículo 147. Permiso previo de circulación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  221. Artículo 148. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  222. Artículo 149. Guía de circulación para cartuchería metálica y control aduanero. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  223. CAPÍTULO III
  224. Artículo 150. Autorización de exportación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  225. CAPÍTULO IV
  226. Artículo 151. Autorización de tránsito de origen extracomunitario.
  227. Artículo 152. Solicitud de autorización de tránsito de origen extracomunitario.
  228. Artículo 153. Competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  229. Artículo 154. Autorización de tránsito de origen comunitario.
  230. Artículo 155. Solicitud de autorización de tránsito de origen comunitario.
  231. Artículo 156. Competencia de la Intervención Central de Armas y Explosivos.
  232. Artículo 157. Acondicionamiento de las materias reguladas.
  233. Artículo 158. Medidas de seguridad.
  234. CAPÍTULO V
  235. Artículo 159. Disposiciones generales.
  236. Sección 1
  237. Artículo 160. Libre circulación.
  238. Artículo 161. Transferencia directa.
  239. Artículo 162. Transferencia inversa. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  240. Sección 2
  241. Artículo 163. Transferencia directa.
  242. Artículo 164. Transferencia inversa. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  243. Artículo 165. Transferencias sin autorización.
  244. TÍTULO IX
  245. CAPÍTULO I
  246. Artículo 166. Regulación.
  247. Artículo 167. Normas generales. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  248. Artículo 168. Inspección.
  249. Artículo 169. Equipos de carga y descarga de productos.
  250. Artículo 170. Documentación exigida.
  251. CAPÍTULO II
  252. Artículo 171. Documentación requerida.
  253. Artículo 172. Guía de circulación.
  254. CAPÍTULO III
  255. Artículo 173. Regulación.
  256. Artículo 174. Competencias. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  257. Artículo 175. Paradas.
  258. Artículo 176. Disposiciones generales.
  259. CAPÍTULO IV
  260. Artículo 177. Regulación.
  261. Artículo 178. Competencias.
  262. Artículo 179. Normas generales.
  263. CAPÍTULO V
  264. Artículo 180. Regulación.
  265. Artículo 181. Competencias en transporte marítimo.
  266. Artículo 182. Vigilancia.
  267. Artículo 183. Custodia.
  268. Artículo 184. Jurisdicción de las aguas.
  269. Artículo 185. Condiciones generales.
  270. Artículo 186. Documentación.
  271. Artículo 187. Carga y descarga.
  272. Artículo 188. Competencias en transporte fluvial y embalses. Disposiciones generales.
  273. CAPÍTULO VI
  274. Artículo 189. Regulación.
  275. Artículo 190. Competencias.
  276. Artículo 191. Disposiciones generales.
  277. Artículo 192. Zona de carga y descarga.
  278. Artículo 193. Vehículos.
  279. Artículo 194. Helicópteros.
  280. TÍTULO X
  281. CAPÍTULO I
  282. Artículo 195. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  283. Artículo 196. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  284. Artículo 197. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  285. Artículo 198. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  286. Artículo 199. Prescripción de las infracciones.
  287. Artículo 200. Prescripción de las sanciones.
  288. CAPÍTULO II
  289. Artículo 201. Procedimiento sancionador. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  290. Artículo 202. Competencias. 2 redacciones · cambió el 29/09/2012
  291. Artículo 203. Cartuchería incautada.
  292. Artículo 204. Artículos pirotécnicos incautados.
  293. Artículo 205. Medidas cautelares.
  294. INSTRUCCIÓN NÚMERO 1
  295. INSTRUCCIÓN NÚMERO 2
  296. INSTRUCCIÓN NÚMERO 3
  297. INSTRUCCIÓN NÚMERO 4
  298. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 4.01
  299. INSTRUCCIÓN NÚMERO 5
  300. INSTRUCCIÓN NÚMERO 6
  301. INSTRUCCIÓN NÚMERO 7
  302. INSTRUCCIÓN NÚMERO 8
  303. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 8.01
  304. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 8.02
  305. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 8.03
  306. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 8.04
  307. INSTRUCCIÓN NÚMERO 9
  308. INSTRUCCIÓN NÚMERO 10
  309. INSTRUCCIÓN NÚMERO 11
  310. INSTRUCCIÓN NÚMERO 12
  311. INSTRUCCIÓN NÚMERO 13
  312. INSTRUCCIÓN NÚMERO 14
  313. INSTRUCCIÓN NÚMERO 15
  314. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 15.01
  315. INSTRUCCIÓN NÚMERO 16
  316. INSTRUCCIÓN NÚMERO 17
  317. INSTRUCCIÓN NÚMERO 18
  318. INSTRUCCIÓN NÚMERO 19
  319. INSTRUCCIÓN NÚMERO 20
  320. INSTRUCCIÓN NÚMERO 21
  321. INSTRUCCIÓN NÚMERO 22
  322. INSTRUCCIÓN NÚMERO 23
  323. INSTRUCCIÓN NÚMERO 24
  324. INSTRUCCIÓN NÚMERO 25
  325. INSTRUCCIÓN NÚMERO 26