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Legislación › Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

INSTRUCCIÓN NÚMERO 6

INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA NÚMERO 6

Identificación en los envases de venta de cartuchería

1. Objeto.–La presente Instrucción técnica complementaria tiene por objeto establecer las normas para la identificación de cartuchería que se comercialice en el mercado nacional.

2. Identificación.–El contenido mínimo que deberá figurar en los envases y embalajes de cartuchería será:

Nombre del fabricante, número de identificación del lote, calibre y tipo de munición.

Se modifica el apartado 2 por el art.7 del Real Decreto 1335/2012, de 21 de septiembre. BOE-A-2012-12198.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de septiembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-12198 Leer Qué cambió
9 de mayo de 2010 Texto original Leer

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