LexTotal

Legislación › Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.

Artículo 20. Adjunto o adjunta para la defensa de los derechos de los niños y de los adolescentes.

Artículo 20. Adjunto o adjunta para la defensa de los derechos de los niños y de los adolescentes.

El adjunto o adjunta para la defensa de los derechos de los niños y de los adolescentes asiste al síndic o síndica de greuges en el ejercicio de las competencias relativas a la protección y defensa de los derechos de los niños y de los adolescentes establecidas por la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño y por la legislación sobre la infancia y la adolescencia, y ejerce las funciones que el síndic o síndica le delegue en esa materia.

← Artículo 19 Índice Artículo 21 →