Legislación › Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.
Artículo 24. Garantías.
Artículo 24. Garantías.
Los adjuntos al Síndic de Greuges gozan, en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con la normativa vigente, de las garantías establecidas en los apartados 1 y 3 del artículo 12.


