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Legislación › Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.

Artículo 67. Relaciones con la Diputación Permanente.

Artículo 67. Relaciones con la Diputación Permanente.

En los períodos interlegislaturas, las relaciones del Síndic de Greuges con el Parlamento se mantienen a través de la Diputación Permanente.

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