Legislación › Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales.
Artículo 36. Procedimiento sancionador.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 2009 y la del 4 de agosto de 2017.
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Artículo 36. Procedimiento sancionador.
El procedimiento administrativo para sancionar las infracciones tipificadas por este Decreto-ley decreto ley es el establecido en por la Ley 1/1990, del 8 de enero, sobre la disciplina del mercado y de defensa de los consumidores comercio, servicios y de los usuarios, ferias, de acuerdo con los principios que establece el título IX de en materia sancionadora establecen la Ley 30/1992, del 26 Estado 39/2015, de noviembre, 1 de octubre, del régimen jurídico procedimiento administrativo común de las administraciones públicas públicas, y la Ley del procedimiento administrativo común. Estado 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de agosto de 2017 En vigor | BOE-A-2017-11320 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 2009 | Texto original | Leer |


