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Legislación › Ley 4/2010, de 28 de abril, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura.

Artículo 48. Asistencia de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Artículo 48. Asistencia de la Administración de la Comunidad Autónoma.

1. A petición de su presidente o por acuerdo del pleno del órgano de gestión, la Consejería competente podrá facilitar las colaboraciones, asesoramientos técnicos o supervisiones que se estimen precisos para el adecuado desempeño de sus funciones.

2. Mediante la firma del correspondiente convenio con la Junta de Extremadura, podrá estipularse que la defensa y representación del órgano de gestión ante los diferentes órganos jurisdiccionales pueda ejercerse por los servicios jurídicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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