Legislación › Ley 4/2010, de 28 de abril, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura.
Disposición transitoria sexta. Configuración de los nuevos órganos de gestión como corporaciones de derecho público.
Disposición transitoria sexta. Configuración de los nuevos órganos de gestión como corporaciones de derecho público.
Los consejos reguladores de las denominaciones de origen o indicaciones geográficas existentes antes de la aprobación de esta ley tendrán la consideración de corporaciones de derecho público a partir de la entrada en vigor del respectivo reglamento por el que se adapten a las previsiones de la misma.
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