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Legislación › Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Artículo 40. Alegaciones.

Artículo 40. Alegaciones.

La propuesta de resolución del expediente se notificará por el instructor al interesado para que, en el plazo de diez días, pueda alegar cuanto considere conveniente a su defensa, incluso respecto a la denegación de pruebas a que se refiere el capítulo I de este título.

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