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Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 21 de mayo de 2010 · Último cambio el 29 de julio de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Responsabilidad civil y penal.
- Artículo 4. Comunicación de infracciones.
- Artículo 5. Extensión de la responsabilidad.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Faltas disciplinarias.
- Artículo 7. Faltas muy graves.
- Artículo 8. Faltas graves. 2 redacciones · cambió el 29/07/2015
- Artículo 9. Faltas leves. 2 redacciones · cambió el 29/07/2015
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Sanciones.
- Artículo 11. Traslado forzoso.
- Artículo 12. Criterios de graduación de sanciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Competencia sancionadora.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 15. Prescripción de las faltas.
- Artículo 16. Prescripción de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 29/07/2015
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 17. Principios inspiradores del procedimiento.
- Artículo 18. Reglas básicas procedimentales.
- Artículo 19. Inicio del procedimiento y derecho de defensa.
- Artículo 20. Nombramiento de instructor y secretario.
- Artículo 21. Abstención y recusación.
- Artículo 22. Inmediación.
- Artículo 23. Prueba.
- Artículo 24. Vista del expediente y copia de las actuaciones.
- Artículo 25. Información de la concurrencia de otras infracciones administrativas o penales.
- Artículo 26. Archivo de actuaciones.
- Artículo 27. Informe del Consejo de Policía.
- CAPÍTULO II
- Artículo 28. Procedimientos incoados a funcionarios de unidades de Policía Judicial.
- Artículo 29. Procedimientos incoados a funcionarios de Unidades Adscritas a Comunidades Autónomas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 30. Iniciación.
- Artículo 31. Propuesta y resolución.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 32. Incoación.
- Artículo 33. Medidas cautelares.
- Sección 2
- Artículo 34. Determinación y comprobación de los hechos.
- Artículo 35. Actuaciones iniciales.
- Artículo 36. Pliego de cargos.
- Artículo 37. Fase de prueba.
- Artículo 38. Traslado de actuaciones practicadas en periodo de prueba.
- Artículo 39. Propuesta de resolución.
- Artículo 40. Alegaciones.
- Artículo 41. Elevación del expediente.
- Artículo 42. Reducción de plazos.
- Sección 3
- Artículo 43. Resolución del expediente.
- Artículo 44. Devolución del expediente al instructor.
- Artículo 45. Contenido de la resolución.
- Artículo 46. Caducidad.
- CAPÍTULO V
- Artículo 47. Ejecución de la sanción.
- Artículo 48. Ejecutividad de las sanciones.
- Artículo 49. Suspensión e inejecución de la sanción.
- Artículo 50. Anotación y cancelación.
- Disposición Adicional Primera. Rehabilitación. 2 redacciones · cambió el 29/07/2015
- Disposición Adicional Segunda. Comunicación de resoluciones judiciales.
- Disposición Adicional Tercera. Reintegro aplazado o fraccionado de retribuciones.
- Disposición Transitoria Primera. Retroactividad.
- Disposición Transitoria Segunda. Procedimientos en trámite.
- Disposición Transitoria Tercera. Revisión de oficio de resoluciones en vía de ejecución.
- Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.
- Disposición Final Primera. Modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Disposición Final Segunda. Modificación de la Ley 26/1994, de 29 de septiembre, por la que se regula la situación de segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.
- Disposición Final Tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición Final Cuarta. Aplicación supletoria de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Disposición Final Quinta. Carácter de la Ley.
- Disposición Final Sexta. Aplicación a los Cuerpos de Policía Local.
- Disposición Final Séptima. Entrada en vigor.
- Firma


