Legislación › Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
Artículo 23. Obligación de inscripción para la adjudicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de julio de 2010 y la del 1 de enero de 2017.
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Artículo 23. Tramos de renta.
1. Dentro de las reservas previstas en las letras g) y h) del apartado 3 del artículo 20 de esta Ley Foral, las viviendas protegidas en régimen de propiedad con destino a la compraventa se distribuirán conforme a los siguientes porcentajes:
a) Para los solicitantes con ingresos familiares ponderados entre el mínimo exigido y 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): el 80 por 100 de las viviendas de protección oficial y el 20 por 100 de las de precio tasado.
b) Para los solicitantes con ingresos familiares ponderados superiores a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): el 20 por 100 de las viviendas de protección oficial y el 80 por 100 de las de precio tasado.
2. Asimismo, dentro de las reservas previstas en el apartado anterior, las viviendas de protección oficial en régimen de arrendamiento, con y sin opción de compra, se distribuirán conforme a los siguientes porcentajes:
a) Para los solicitantes con ingresos familiares ponderados entre el mínimo exigido y 1,7 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): (IPREM) el 60 50 por 100 de las viviendas de protección oficial.
b) Para los solicitantes con ingresos familiares ponderados entre 1,7 y 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): (IPREM) el 30 40 por 100 de las viviendas de protección oficial.
c) Para los solicitantes con ingresos familiares ponderados entre 2,5 y 4,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): (IPREM) el 10 por 100 de las viviendas de protección oficial.
3. En la asignación de viviendas por tramos de renta, la cifra entera que resulte determinará el número de viviendas inicialmente asignado a cada tramo. El resto, deducida la correspondiente cifra entera, incrementará la cifra del tramo de renta inferior.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-15656 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2017-660 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


