Legislación › Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
Disposición adicional decimoquinta. Adjudicación y renovación de contratos de arrendamiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de julio de 2025 y la del 13 de diciembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (61 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional decimoquinta. Adjudicación y renovación de contratos de arrendamiento.
En la adjudicación y renovación anual de contratos de arrendamiento de viviendas de protección oficial y viviendas adscritas a la Bolsa de Alquiler, se tendrán en cuenta, para acceder a una subvención, los datos derivados de la declaración de la renta del año anterior.
No obstante, cuando se produzca una variación en la situación económica de las personas beneficiarias, que implique una reducción anual de ingresos de al menos el 20 % respecto a los ingresos declarados en la renta del año anterior, en la solicitud de renovación las personas beneficiarias podrán solicitar que se tengan en cuenta los ingresos reales de ese momento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-26135 | Leer | Qué cambió |
| 12 de julio de 2025 | BOE-A-2025-15656 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1015 | Leer |
← Disposición adicional decimocuarta Índice Disposición adicional decimosexta →


