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Legislación › Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.

Disposición adicional tercera. Revisión de porcentajes, cuantías y plazos.

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Disposición adicional tercera. Revisión de porcentajes, cuantías y plazos.
Las cifras relativas a porcentajes, cuantías y plazos de los artículos 17, 18, 20, 23, así como del Capítulo capítulo III del Título título III de la presente Ley Foral, ley foral, podrán revisarse por vía reglamentaria en función de factores relacionados con la evolución constatada de la demanda, el estado del presupuesto de gastos, la situación del mercado inmobiliario y de la experiencia que proporcione la implantación del Censo información proporcionada por el censo de solicitantes de vivienda protegida.
Por orden foral de la persona titular del departamento competente en materia de vivienda, se podrán modificar los porcentajes, cuantías y plazos del abono de forma anticipada de las deducciones previstas en el artículo 3 bis de esta ley foral, así como los requisitos de ingresos mínimos y máximos para el acceso a las mismas y el importe máximo de la renta mensual abonada por el arrendamiento de la vivienda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de julio de 2022 En vigor BOE-A-2022-12940 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-750 Leer Qué cambió
17 de julio de 2010 Texto original Leer

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