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Legislación › Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.

Artículo 13. Escala de marinería.

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Artículo 13. Escala de marinería.
En la escala de marinería del Cuerpo General de la Armada existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Aprovisionamiento.
b) Energía y Propulsión.
c) Maniobra y Navegación.
d) Operaciones y Sistemas.
e) Administración.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de agosto de 2025 En vigor BOE-A-2025-15742 Leer Qué cambió
2 de junio de 2010 Texto original Leer

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