Legislación › Real Decreto 691/2010, de 20 de mayo, por el que se regula la Televisión Digital Terrestre en alta definición.
Artículo 3. Especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en alta definición.
Artículo 3. Especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en alta definición.
1. Las emisiones de televisión digital terrestre en alta definición deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) La resolución vertical de la componente de vídeo será igual o superior a 720 líneas activas con una relación de aspecto de 16:9.
b) El sistema de codificación de vídeo será conforme con la norma internacional de telecomunicaciones de la Recomendación UIT-T H.264: «Codificación de vídeo avanzada para servicios audiovisuales genéricos» equivalente a la norma ISO/IEC 14496-10, referenciada habitualmente como H.264/MPEG-4 AVC.
c) Las especificaciones técnicas de transmisión serán conformes a la norma europea de telecomunicaciones EN 300 744.
d) En función de la evolución tecnológica, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo podrá decidir el uso de otros sistemas de codificación de vídeo siempre y cuando sean al menos tan eficientes como el indicado en el apartado b) anterior.
2. No se considerarán emisiones de televisión digital terrestre en alta definición aquellas que hayan sufrido a lo largo de la cadena de producción, edición, transporte o difusión, algún tipo de conversión a otros formatos con características distintas de las indicadas en el apartado anterior.
Se modifica por la disposición final 2.1 del Real Decreto 805/2014, de 19 de septiembre. BOE-A-2014-9667.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de septiembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-9667 | Leer | Qué cambió |
| 3 de junio de 2010 | Texto original | Leer |


