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Legislación › Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja.

Artículo 61. Clasificación de las faltas.

Artículo 61. Clasificación de las faltas.

Las faltas disciplinarias en que pueden incurrir los miembros de los Cuerpos de Policía Local de La Rioja y Auxiliares de Policía podrán ser leves, graves y muy graves.

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