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Legislación › Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja.

Artículo 9. Medios técnicos.

Artículo 9. Medios técnicos.

Las características de los medios técnicos y defensivos que deberán utilizar las Policías Locales serán homogéneas en toda la Comunidad Autónoma de La Rioja. El Gobierno de La Rioja dictará normas encaminadas a conseguir dicha homogeneización. Las administraciones locales competentes tienen la obligación de proporcionarlos. Los signos externos de distinción e identificación serán iguales para todos y se complementarán con los propios de cada Ayuntamiento.

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