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Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

En vigor Ministerio de Trabajo e Inmigración · Publicada el 12 de junio de 2010 · Último cambio el 3 de enero de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 14/10/2020
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación. 3 redacciones · cambió el 14/10/2020
  6. Artículo 3. Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  7. Artículo 4. Naturaleza jurídica.
  8. Artículo 5. Soporte informático de la base de datos central de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 6. Solicitud de inscripción. 3 redacciones · cambió el 14/10/2020
  11. Artículo 7. Documentación adjunta. 2 redacciones · cambió el 14/10/2020
  12. Artículo 8. Tramitación del procedimiento de inscripción.
  13. Artículo 9. Cómputo de plazos.
  14. Artículo 10. Sistema de consulta y seguimiento en la tramitación.
  15. Artículo 11. Comunicaciones de oficio.
  16. Artículo 12. Subsanación de defectos.
  17. Artículo 13. Asignación de código. 2 redacciones · cambió el 14/10/2020
  18. Artículo 14. Sistemas de firma electrónica admitidos por el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  19. Artículo 15. Documentos originales en soporte informático.
  20. Artículo 16. Representación legal.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 17. Base de datos central de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad. 2 redacciones · cambió el 14/10/2020
  23. Disposición adicional primera. Colaboración entre las autoridades laborales responsables de los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  24. Disposición adicional segunda. Depósito de convenios y acuerdos de eficacia limitada y acuerdos de empresa. 2 redacciones · cambió el 14/10/2020
  25. Disposición adicional tercera. Certificados de firma electrónica.
  26. Disposición adicional cuarta. Depósito de acuerdos, laudos arbitrales y decisiones de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos u órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas sobre inaplicación de condiciones de trabajo previstas en los convenios colectivos.
  27. Disposición adicional quinta. Referencias al registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.
  28. Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación.
  29. Disposición transitoria segunda. Registros actuales.
  30. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  31. Disposición final primera. Titulo competencial.
  32. Disposición final segunda. Derecho supletorio.
  33. Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
  34. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  35. Firma
  36. ANEXO 1
  37. ANEXO 2.I
  38. ANEXO 2.II
  39. ANEXO 2.III
  40. ANEXO 2.IV
  41. ANEXO 2.V
  42. ANEXO 3