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Legislación › Ley 4/2009, de 1 de diciembre, de participación institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Artículo 9. Naturaleza.

Artículo 9. Naturaleza.

El Consejo es un órgano institucional de participación e interlocución, un instrumento de buena gobernanza para el fortalecimiento del progreso económico y la cohesión social mediante el diálogo entre los agentes sociales y el Gobierno de Cantabria. Tendrá carácter tripartito y estará adscrito a la Consejería que ostente en cada momento las competencias en materia laboral.

Se añade por el art. 10 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre. BOE-A-2019-1632

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