Legislación › Ley 4/2009, de 1 de diciembre, de participación institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
Artículo 10. Composición.
Artículo 10. Composición.
El Consejo estará constituido por los miembros del Gobierno de Cantabria y las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas de Cantabria y será presidido por el Presidente/a del Gobierno de la Comunidad Autónoma.
Se añade por el art. 10 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre. BOE-A-2019-1632


