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Legislación › Ley 4/2009, de 1 de diciembre, de participación institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Artículo 10. Composición.

Artículo 10. Composición.

El Consejo estará constituido por los miembros del Gobierno de Cantabria y las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas de Cantabria y será presidido por el Presidente/a del Gobierno de la Comunidad Autónoma.

Se añade por el art. 10 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre. BOE-A-2019-1632

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