Legislación › Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
APÉNDICE 1
APÉNDICE 1
Generalidades
PARTE I
Definición según categorías de: Tipo, variante y versión
Para los vehículos de las categorías M y N:
Serán de aplicación los criterios para los tipos, variantes y versiones establecidos en la Directiva o el Reglamento de la Unión Europea vigente en la materia.
PARTE II
Modelos de números de homologación
Homologación Nacional de Tipo:
No procede.
Serie Corta Nacional:
Para todas las Categorías y Vehículos incompletos, completos y las diferentes fases de completado.
e9*NKS*xxxxx*xx.
Constará de cuatro secciones separadas por un asterisco,
Primera sección: «e9»
Segunda sección: «NKS»
Tercera sección: Una secuencia numérica de al menos cinco dígitos que indica el número de homologación de base.
Cuarta sección: Una secuencia numérica de dos dígitos que indique la extensión. La secuencia empezará a partir de 00 para cada número de homologación de base.
En los casos de corrección que no implican extensión, se añadirán los caracteres: «Rev» más un número de dos cifras que indica el número de revisión.
Homologación Individual:
HIB-xxxxx (vehículos categoría M1 completos/completados)
HIG-xxxxx (vehículos categorías M2 y M3 completos/completados)
HIC-xxxxx (vehículos categoría N completos/completados)
Constará de los caracteres HI seguida de la letra identificativa de la categoría y seguidos de una secuencia numérica de al menos cinco dígitos, que indicará el número de aprobación individual.
En los casos de corrección, se añadirán los caracteres: «Rev» más un número de dos cifras que indica el número de revisión.
Se sustituye, con efectos de 2 de enero de 2019, por el que aparece en la Orden ICT/1212/2018, de 12 de noviembre, según establece el art. único. BOE-A-2018-15796
Será obligatoria su aplicación tres meses después de su entrada en vigor, según establece la disposición final única de la citada Orden.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2018-15796 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


