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Legislación › Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.

Disposición transitoria segunda. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.

Disposición transitoria segunda. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria única 1.d) de la Ley 3/2012, de 6 de julio. BOE-A-2012-9110.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9110 Leer Qué cambió
12 de junio de 2011 Texto original Leer

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