Legislación › Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Artículo 46. Normas sobre determinados aspectos del régimen retributivo de los Altos Cargos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2011 y la del 30 de junio de 2012.
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Artículo 46. Normas sobre determinados aspectos del régimen retributivo de los Altos Cargos.
1. Con efectos de 1 de enero de 2011 los altos cargos dejarán de percibir las indemnizaciones por razón del servicio establecidas en el párrafo segundo del artículo 2 del Decreto 69/1997, de 10 de octubre.
2. En el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, el El Consejo de Gobierno deberá aprobar aprobará un nuevo Decreto regulador del decreto sobre el régimen de las comisiones de servicio de los altos cargos, excepto miembros del Consejo de Gobierno, y de todo que regulará, asimismo, el del personal directivo de las entidades integrantes del sector público regional, en régimen análogo a lo establecido en la normativa estatal. regional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de junio de 2012 En vigor | BOE-A-2013-1790 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2011 | BOE-A-2012-2264 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | Texto original | Leer |


