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Legislación › Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas.

Artículo 6. Productividad variable.

Artículo 6. Productividad variable.

Durante el ejercicio 2011 no se procederá a regular la implantación de complementos de productividad variable a nuevos colectivos que no lo tuvieran asignado en el momento de entrada en vigor de esta Ley.

Se modifica por el art. único.1.6 de la Ley 1/2011, de 24 de febrero. BOE-A-2012-2264

Redacciones de este artículo

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1 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2012-2264 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 Texto original Leer

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