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Legislación › Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas.

Disposición final segunda. Vigencia.

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Disposición final segunda. Vigencia.
1. La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.
2. El título I de la presente Ley tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2011.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2012-2264 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 Texto original Leer

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