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Legislación › Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

ANEXO XII

ANEXO XII

Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Módulos de enseñanza deportiva.

Ciclo inicial

Experiencia docente

MED-JUJU101. Enseñanza del judo y la defensa personal.

MED-JUJU102. Organización de actividades y eventos de judo y defensa personal.

Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del R.D. 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del R.D. 1363/2007, de 24 de octubre.

La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de la horas establecidas en este real decreto para el módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.

Módulos de enseñanza deportiva.

Ciclo final

Experiencia docente

MED-JUJU201. Formación y tecnificación en judo y defensa personal.

MED-JUJU203. Entrenamiento en judo y defensa personal.

MED-JUJU204. Organización y gestión de las actividades de judo y defensa personal.

MED-JUJU205. Defensa Personal.

Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del R.D. 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del R.D. 1363/2007, de 24 de octubre.

La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de la horas establecidas en este real decreto para el módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.

La experiencia docente se acreditará mediante certificado expedido por la Comunidad Autónoma que autorizó dichas formaciones en el que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

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