Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.
Artículo 16. Contestación al discurso de ingreso.
Artículo 16. Contestación al discurso de ingreso.
1. El discurso presentado por el Académico Electo para la toma de posesión de su plaza pasará a la Junta Directiva que designará el Académico de Número que haya de contestar, el cual, como norma general, pertenecerá a la Sección a que corresponda la vacante, y a quien se le remitirá el expresado discurso para que componga el discurso de contestación.
2. La impresión del documento debe atenerse a las normas que establezca la Comisión de Publicaciones.


