Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.
Artículo 29. Secciones.
Artículo 29. Secciones.
Las Secciones estarán constituidas por Académicos y Académicas de Número y por aquellos Académicos Correspondientes que hayan sido adscritos a las mismas de la forma que reglamentariamente se establezca.


