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Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.

Artículo 29. Secciones.

Artículo 29. Secciones.

Las Secciones estarán constituidas por Académicos y Académicas de Número y por aquellos Académicos Correspondientes que hayan sido adscritos a las mismas de la forma que reglamentariamente se establezca.

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