Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.
Artículo 30. Participación de los Académicos Correspondientes.
Artículo 30. Participación de los Académicos Correspondientes.
La participación de los Académicos y Académicas Correspondientes en tareas o actividades de la Sección será exclusivamente de tipo científico o técnico.


