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Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, y se define su delimitación y usos permitidos.
En vigor Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 23 de junio de 2011 · Último cambio el 30 de enero de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Zonas especiales.
- Artículo 3. Usos.
- Artículo 4. Obligaciones. 2 redacciones · cambió el 07/08/2014
- Artículo 5. Prohibiciones.
- Artículo 6. Fondeo de embarcaciones y utilización de boyas de amarre de los puntos de buceo.
- Artículo 7. Censo específico de pesca marítima profesional en la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar.
- Artículo 8. Presentación de solicitudes.
- Artículo 9. Documentación.
- Artículo 10. Control de actividades.
- Artículo 11. Días hábiles para la pesca marítima de recreo.
- Artículo 12. Cupo máximo de buceadores.
- Artículo 13. Asignación de cupo de buceo de recreo.
- Artículo 14. Criterios para la asignación de cupo de buceo de recreo.
- Artículo 15. Condiciones de la asignación de cupo.
- Artículo 16. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria única. Embarcaciones dedicadas al buceo de recreo.
- Disposición transitoria primera. Embarcaciones dedicadas al buceo de recreo.
- Disposición transitoria segunda. Criterios de buceo responsable.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO


