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Legislación › Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Artículo 1. Finalidad y naturaleza del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Artículo 1. Finalidad y naturaleza del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

1. El Fondo para la Promoción del Desarrollo (en adelante, FONPRODE) es un instrumento de cooperación al desarrollo, gestionado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

2. El FONPRODE tiene como finalidad la erradicación de la pobreza, la reducción de las desigualdades e inequidades sociales entre personas y comunidades, la igualdad de género, la defensa de los derechos humanos y la promoción del desarrollo humano y sostenible en los países empobrecidos.

3. El FONPRODE es un fondo carente de personalidad jurídica a los que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

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