Legislación › Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia.
Artículo 108. Secciones.
Artículo 108. Secciones.
El Registro de Protección de la Infancia y la Adolescencia dispondrá de las siguientes secciones:
a) Sección primera: de las personas menores sujetas a medida de tutela o guarda.
b) Sección segunda: de las personas o familias acogedoras, inscribiéndose, además, los acogimientos propuestos y realizados.
c) Sección tercera: de las personas o familias adoptantes, inscribiéndose, además, las adopciones propuestas y realizadas.
d) Sección cuarta: de las personas o familias solicitantes de adopción internacional, inscribiéndose las tramitadas y realizadas.
e) Sección quinta: de las personas menores en acogimiento residencial.


