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Legislación › Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.

Disposición transitoria tercera. Tablón Edictal Judicial Único.

Disposición transitoria tercera. Tablón Edictal Judicial Único.

La publicación de los edictos mediante el Tablón Edictal Judicial Único resultará de aplicación a partir del 1 de junio de 2021 tanto a los procedimientos que se inicien con posterioridad, como a los ya iniciados.

Se añade por la disposición final 4.8 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre. BOE-A-2020-10923

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