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Legislación › Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 52. Gastos e ingresos de la actividad.

Artículo 52. Gastos e ingresos de la actividad.

El presupuesto recogerá, detallado por conceptos, todos los gastos y los ingresos referidos al desarrollo de la actividad de cada entidad en el ejercicio presupuestario. Los ingresos provenientes de la Administración pública de la Comunidad Autónoma se presentarán desglosados.

Se modifica por la disposición final 4.3 de la ley 11/2021, de 23 de diciembre. BOE-A-2022-2177

Redacciones de este artículo

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1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-2177 Leer Qué cambió
29 de junio de 2011 Texto original Leer

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