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Legislación › Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 52. Gastos e ingresos de la actividad.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 2011 y la del 1 de enero de 2022. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 52. Presupuesto Gastos e ingresos de Explotación. la actividad.
El Presupuesto de Explotación presupuesto recogerá, detallado por conceptos, todos los gastos y los ingresos referidos al desarrollo de la actividad de cada entidad en el ejercicio presupuestario. Los ingresos provenientes de la Administración Pública pública de la Comunidad Autónoma se presentarán desglosados.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-2177 Leer Qué cambió
29 de junio de 2011 Texto original Leer

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