Legislación › Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Disposición derogatoria. Ley de 8 de junio de 1957 del Registro Civil, Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, y Código Civil.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 2021 y la del 30 de abril de 2021.
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Disposición derogatoria. Ley de 8 de junio de 1957 del Registro Civil, Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Planta y Demarcación Judicial y de Planta Judicial, y Código Civil.
Quedan derogadas cuantas normas se opongan a lo previsto en la presente Ley y, en particular, las siguientes:
1.ª Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, salvo en lo dispuesto en las disposiciones transitorias tercera, cuarta y quinta de esta Ley.
2.ª Los números 1 y 2 del artículo 27 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Planta y Demarcación Judicial. y de Planta Judicial, salvo en lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de esta Ley.
3.ª Los artículos 325 a 332 del Código Civil.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-6945 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2021 | Texto original | Leer |
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