Legislación › Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en salvamento y socorrismo.
Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en salvamento y socorrismo.
La competencia general del ciclo final de grado medio en salvamento y socorrismo consiste en adaptar, dirigir y dinamizar el entrenamiento básico y el perfeccionamiento técnico en la etapa de tecnificación deportiva de salvamento y socorrismo; organizar, acompañar y tutelar a los deportistas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propios de este nivel; gestionar los recursos materiales necesarios y coordinar las actividades de los técnicos a su cargo; organizar actividades, competiciones y eventos del nivel de iniciación deportiva; velar por la seguridad de los usuarios de actividades acuáticas, espacios acuáticos naturales, realizando una vigilancia permanente y eficiente, previniendo situaciones potencialmente peligrosas e interviniendo de forma eficaz ante un accidente o situación de emergencia, todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia y con el nivel optimo de calidad que permita la satisfacción de los socorristas participantes en la actividad y usuarios en espacios acuáticos naturales.


