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Legislación › Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico.

Disposición final décima. Títulos competenciales.

Disposición final décima. Títulos competenciales.

La presente Ley se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia sobre legislación mercantil, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.

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