Legislación › Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Disposición adicional octava. Adecuación de la normativa a esta Ley.
Disposición adicional octava. Adecuación de la normativa a esta Ley.
En el plazo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley se adaptarán a las previsiones contenidas en la misma las disposiciones de desarrollo en materia de residuos.
← Disposición adicional séptima Índice Disposición adicional novena →


