Legislación › Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Disposición transitoria segunda. Ordenanzas de Entidades Locales.
Disposición transitoria segunda. Ordenanzas de Entidades Locales.
Las Entidades Locales aprobarán las ordenanzas previstas en el artículo 12.5. de esta Ley en el plazo de 2 años desde la entrada en vigor de esta Ley. En ausencia de las mismas se aplicarán las normas que aprueben las Comunidades Autónomas.
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