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Legislación › Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

El Consello de la Xunta de Galicia dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.

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